Los trabajadores de comercio en todo el país cuentan con un día específico de conmemoración que, por su naturaleza, se asemeja a un feriado para el sector. Este año, el Día del Empleado de Comercio se celebra el 26 de septiembre, pero al caer en sábado, se trasladará al lunes 28 de septiembre. Esta modificación fue confirmada en una circular emitida el 7 de septiembre, con el apoyo de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y las Cámaras Empresarias de Comercio. La comunicación oficial indica: “Atento a lo ratificado por la ley 26.541 que ha instituido el 26 de septiembre como el día del Empleado de Comercio, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y las Cámaras Empresarias de Comercio han acordado, en uso de su autonomía colectiva, trasladar la conmemoración del día del Empleado de Comercio al lunes 28 de septiembre del corriente año, para que ese día los trabajadores tengan su reconocimiento con todos los alcances de la Ley mencionada”.
La razón de este cierre generalizado en comercios se debe a que históricamente, la celebración fue promovida por la Faecys en conjunto con las cámaras empresariales, buscando ofrecer un día de descanso a todos los empleados de este sector. Por ende, se espera que numerosos comercios, incluyendo grandes cadenas de supermercados y centros comerciales, mantengan sus puertas cerradas ese día. Sin embargo, la decisión final dependerá de cada establecimiento.
El origen del Día del Empleado de Comercio se remonta al 26 de septiembre de 1934, cuando se promulgó la ley n° 11.729, que reguló las relaciones laborales en el sector. Este avance fue posible gracias a la Federación Argentina de Empleados de Comercio, durante la presidencia de Agustín Pedro Justo. Gracias a estas gestiones, se obtuvieron importantes derechos laborales, como la licencia por enfermedades y accidentes, así como indemnizaciones por despido. Posteriormente, el 10 de diciembre de 2009 se sancionó la ley n° 26.541, estableciendo formalmente esta conmemoración. En el artículo correspondiente se estipula que “los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales”. En caso de que algún empleador requiera la presencia de sus trabajadores en esta jornada, deberá compensarles con el pago del doble, de acuerdo a la legislación laboral vigente.
La razón de este cierre generalizado en comercios se debe a que históricamente, la celebración fue promovida por la Faecys en conjunto con las cámaras empresariales, buscando ofrecer un día de descanso a todos los empleados de este sector. Por ende, se espera que numerosos comercios, incluyendo grandes cadenas de supermercados y centros comerciales, mantengan sus puertas cerradas ese día. Sin embargo, la decisión final dependerá de cada establecimiento.
El origen del Día del Empleado de Comercio se remonta al 26 de septiembre de 1934, cuando se promulgó la ley n° 11.729, que reguló las relaciones laborales en el sector. Este avance fue posible gracias a la Federación Argentina de Empleados de Comercio, durante la presidencia de Agustín Pedro Justo. Gracias a estas gestiones, se obtuvieron importantes derechos laborales, como la licencia por enfermedades y accidentes, así como indemnizaciones por despido. Posteriormente, el 10 de diciembre de 2009 se sancionó la ley n° 26.541, estableciendo formalmente esta conmemoración. En el artículo correspondiente se estipula que “los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales”. En caso de que algún empleador requiera la presencia de sus trabajadores en esta jornada, deberá compensarles con el pago del doble, de acuerdo a la legislación laboral vigente.









