El Banco Central (BCRA) ha autorizado a entidades financieras y casas de cambio a facilitar el acceso al mercado cambiario para aseguradoras, permitiendo el pago de primas y servicios auxiliares de reaseguro en el exterior, en el marco del Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI).
Esta medida es un beneficio directo para las aseguradoras locales que emiten pólizas destinadas a cubrir riesgos asociados con la construcción y operación de Vehículos de Proyecto Único (VPU) dentro del RIGI.
La normativa establece una serie de requisitos que deben cumplir las aseguradoras para la autorización de remesas de divisas al exterior. En los casos en que un VPU haya optado por adherirse al RIGI con la expectativa de recibir beneficios normativos en relación con la retención o el cobro de exportaciones de bienes y servicios, se añaden exigencias adicionales de control por parte del BCRA.
En este contexto, se ha dispuesto que la entidad financiera involucrada debe requerir una declaración jurada firmada por el representante legal o apoderado del VPU, como condición previa para proceder con la operación. Dicho documento debe indicar que la empresa acepta el compromiso y reconoce que el pago realizado por la aseguradora local será formalmente registrado a nombre del VPU en el sistema online proporcionado por el BCRA. Además, la entidad comercial tiene la obligación de registrar la transacción y validar el cumplimiento de las normativas cambiarias antes de proceder con la operación.
Esta medida es un beneficio directo para las aseguradoras locales que emiten pólizas destinadas a cubrir riesgos asociados con la construcción y operación de Vehículos de Proyecto Único (VPU) dentro del RIGI.
La normativa establece una serie de requisitos que deben cumplir las aseguradoras para la autorización de remesas de divisas al exterior. En los casos en que un VPU haya optado por adherirse al RIGI con la expectativa de recibir beneficios normativos en relación con la retención o el cobro de exportaciones de bienes y servicios, se añaden exigencias adicionales de control por parte del BCRA.
En este contexto, se ha dispuesto que la entidad financiera involucrada debe requerir una declaración jurada firmada por el representante legal o apoderado del VPU, como condición previa para proceder con la operación. Dicho documento debe indicar que la empresa acepta el compromiso y reconoce que el pago realizado por la aseguradora local será formalmente registrado a nombre del VPU en el sistema online proporcionado por el BCRA. Además, la entidad comercial tiene la obligación de registrar la transacción y validar el cumplimiento de las normativas cambiarias antes de proceder con la operación.
![[Portada] El BCRA permite acceso al mercado cambiario para aseguradoras de proyectos del RIGI](https://ultimadata.com.ar/wp-content/uploads/2026/08/featured-image-22-700x375.jpg)
![[Deportes] Mascherano se pronuncia sobre Messi tras su salida del Inter Miami](https://ultimadata.com.ar/wp-content/uploads/2026/05/featured-image-2-350x250.jpg)
![[Deportes] Scaloni tiene casi listo el plantel para el Mundial: dos posiciones aún en el aire](https://ultimadata.com.ar/wp-content/uploads/2026/05/featured-image-1-350x250.png)
![[Deportes] Samuel Umtiti regresa al Mundial como comentarista tras su retiro a los 31 años](https://ultimadata.com.ar/wp-content/uploads/2026/05/featured-image-1-350x250.jpg)





