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La Suprema Corte de Buenos Aires inicia regulación sobre el uso de inteligencia artificial en los tribunales

26 junio, 2026
in Sociedad
La Suprema Corte de Buenos Aires inicia regulación sobre el uso de inteligencia artificial en los tribunales
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La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha dado a conocer un reglamento preliminar que establece, por primera vez, directrices estrictas y nuevas prohibiciones respecto a la utilización de inteligencia artificial (IA) en los tribunales bonaerenses. La iniciativa busca definir el uso de estas tecnologías en los expedientes y en la gestión de los juzgados.
En los fundamentos de la resolución 1719-2026, identificada con el expediente Nº 3000-21862-2026, la Corte sostiene que el rápido avance de la inteligencia artificial ofrece “oportunidades significativas” para optimizar la gestión judicial, aunque también presenta riesgos que demandan la implementación de reglas claras.
“Resulta necesario establecer un marco institucional que garantice el respeto de los derechos fundamentales, la transparencia, la rendición de cuentas y el control humano permanente sobre estas tecnologías”, se menciona, teniendo en cuenta estándares internacionales promovidos por organismos como la UNESCO y las Naciones Unidas.
La resolución aprueba el “Proyecto de Reglamento para el desarrollo y uso responsable de la Inteligencia Artificial”, que se incluye como anexo de la medida. Este documento detalla principios, obligaciones, prohibiciones y mecanismos de control que regirán el uso de sistemas de IA en el Poder Judicial bonaerense, aunque actualmente tiene un carácter orientador y no vinculante hasta su aprobación definitiva.
Este proyecto tiene un amplio alcance. Las directrices no solo se aplicarán a jueces, funcionarios y empleados de todos los fueros y organismos del Poder Judicial bonaerense, sino también a auxiliares de la Justicia y al personal administrativo de la Suprema Corte. Asimismo, las obligaciones podrán extenderse a empresas y entidades externas responsables de desarrollar, proveer, integrar o mantener los sistemas de IA utilizados por el máximo tribunal, siempre que lo estipulen los contratos o convenios existentes.
Se ha abierto un proceso de consulta pública con el fin de recopilar opiniones, propuestas y objeciones sobre el reglamento. Este espacio está dirigido a abogados, magistrados, empleados judiciales, colegios profesionales y cualquier parte interesada. Para sistematizar y analizar todos los aportes, se creará una comisión especial encargada de evaluar su posible incorporación al texto final, lo que asegura un debate abierto y transparente antes de la aprobación final.
Es importante destacar que, hasta la sanción del reglamento definitivo, el texto divulgado tendrá un carácter “orientador y no vinculante”.
La Corte establece una norma fundamental: ningún juez ni funcionario puede delegar en una IA la resolución de un caso, la evaluación de pruebas o la redacción de sentencias. La función jurisdiccional, señala la resolución, “es indelegable e insustituible”.
Se enfatiza que la IA solo podrá ser utilizada como una herramienta auxiliar. Cualquier sistema empleado —incluso en procedimientos simples— estará bajo la supervisión, validación y total responsabilidad de la persona a cargo.
“El uso de estas herramientas no exime de su plena responsabilidad al operador por el contenido, validez y legalidad de los actos en que aquellas hubieren sido utilizadas”, señala el reglamento.
El documento también establece que ninguna persona podrá ser privada de su libertad, sometida a medidas cautelares ni afectada en sus derechos fundamentales por una decisión tomada por un sistema de IA, a menos que haya sido informada y cuente con medios para impugnar la decisión y entender cómo fue tomada.
Una de las novedades más relevantes es la creación, en el artículo 16, de tres categorías de riesgo para los sistemas de IA. “Quedan expresamente prohibidos en el ámbito de la Suprema Corte los siguientes usos de sistemas de IA: la automatización plena de decisiones jurisdiccionales, el uso de IA para toma de decisiones sin supervisión humana y el uso de sistemas que reproduzcan sesgos discriminatorios”, resalta el artículo 19.
El artículo 26, por su parte, establece obligaciones específicas para jueces, funcionarios y empleados que utilicen herramientas de inteligencia artificial en el ejercicio de sus funciones. Se marca una línea clara: las plataformas de IA no podrán involucrarse en actividades centrales de la función jurisdiccional. Así, el reglamento ordena “prescindir de herramientas de IA para la valoración de medios probatorios, el escrutinio de hechos, la realización de juicios de valor y la solución de problemas jurídicos de fondo”.
Esta regulación también prohíbe el uso de sistemas de IA para aplicar el derecho o adoptar decisiones judiciales cuando las respuestas generadas por la tecnología sean el fundamento “único o determinante” de la resolución, buscando así evitar que la automatización sustituya el criterio humano en decisiones que repercuten en los derechos de las personas.
Otro aspecto fundamental aborda la protección de información sensible. El reglamento establece que magistrados y empleados deben abstenerse de ingresar datos personales, información confidencial o detalles de investigaciones en curso en herramientas de IA generativa de acceso público o comercial cuyos términos permitan la reutilización de esos datos para entrenar modelos o faciliten el acceso de terceros.
Además, se imposibilita a los operadores judiciales presentar como propios textos generados totalmente por inteligencia artificial y deberán “citar en forma adecuada y transparente” el contenido producido con estas herramientas. Toda información, jurisprudencia o referencia normativa obtenida mediante IA deberá ser corroborada con fuentes confiables antes de su inclusión en cualquier actuación judicial.
El proyecto también Insta a un monitoreo constante sobre los sistemas utilizados. Si un funcionario identifica errores, comportamientos inesperados, sesgos discriminatorios o posibles vulneraciones a derechos humanos, deberá suspender el uso de la herramienta y notificar de inmediato este incidente a la Secretaría de Tecnología Informática para su evaluación.
Cada sistema de IA deberá someterse a auditorías periódicas, que serán públicas. En caso de encontrarse un problema serio, como una violación de derechos fundamentales o discriminación, la comisión tendrá la potestad de solicitar la suspensión inmediata del sistema, incluso antes de escalar el conflicto a la Corte.
Se implementará un repositorio público en línea que contendrá todos los sistemas de IA activos, indicando su nombre, proveedor, propósito, datos que utilizan, nivel de riesgo, resultados de las auditorías y mecanismos de impugnación de decisiones. De este modo, el público podrá acceder a información sobre qué IA se utiliza, para qué y bajo qué condiciones.
Este nuevo régimen refuerza las limitaciones en el manejo de datos sensibles, prohibiendo subir documentos privados o de individuos involucrados en casos a sistemas externos que permiten el reentrenamiento de modelos o que dejen expuestos los datos.
Solo el personal calificado podrá acceder a ciertos datos, siempre bajo protocolos documentados. Los proveedores deberán cumplir con la normativa nacional (Ley 25.326) y los lineamientos de la Corte. Cualquier sistema de IA que procese datos judiciales deberá contar con medidas técnicas y organizativas que impidan hackeos, manipulaciones o filtraciones de información.
El texto base, fundamentado en normas internacionales como las directrices de la UNESCO de 2026 y resoluciones de las Naciones Unidas, establece conceptos como transparencia, auditabilidad, explicabilidad y rendición de cuentas.
Se subraya que los sistemas de inteligencia artificial jamás podrán sustituir el juicio humano y que toda decisión relevante debe poder ser explicada y disputar. Los operadores deberán justificar el uso de herramientas de IA, citar sus resultados y, en caso de emplearlas para generar fragmentos de texto, identificarlos de manera clara en los expedientes y notificaciones. Los principios que guían esta regulación son destacados.
Este avance normativo coincide con un proceso participativo. Desde el 8 de junio hasta el 8 de julio de 2026, magistrados, abogados, empleados judiciales, colegios profesionales y otros interesados podrán presentar contribuciones y objeciones al proyecto a través de un subsitio web de la Corte.
Por primera vez, la provincia instituye una Comisión de Gobernanza y Uso de Inteligencia Artificial como autoridad de aplicación. Estará integrada por las Secretarías de Planificación, Tecnología Informática y Servicios Jurisdiccionales del máximo tribunal, y se encargará de evaluar y auditar cada tecnología, elaborar manuales de uso y validar cada sistema.
Ante incidentes graves o auditorías negativas, podrá recomendar la suspensión inmediata del sistema o su desmantelamiento. En el proceso de selección de proveedores, la Comisión priorizará desarrollos internos o aquellos externos que permitan auditorías y brinden visibilidad sobre cómo funcionan los algoritmos. Si un proveedor se niega a cumplir con estos requisitos, la Corte podrá rechazar su uso.
La Comisión de Gobernanza y Uso de Inteligencia Artificial gestionará todos los aportes recibidos hasta el 8 de julio y presentará un informe a la Corte antes del 31 de agosto de este año. Hasta la sanción del reglamento definitivo, el documento difundido tendrá carácter “orientador y no vinculante.”
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